Judiciales
El médico Martínez Borda fue condenado a dos años de prisión por abuso sexual a su sobrina
La Justicia lo halló culpable del delito con la modalidad continuada y es la segunda sentencia similar en menos de un mes. Martinez Borda, fue Director del Hospital de Paso de la Patria.
Viernes, 21 de marzo de 2025

El juez de Juicio Unipersonal Darío Alejandro Ortiz este viernes condenó a dos años de prisión al médico ginecólogo Claudio Martínez Borda al hallarlo culpable de abuso sexual simple en la modalidad de delito continuado a una menor de edad que era su sobrina, entre los años 2017, 2018 y 2019.
De este modo el exdirector del hospital "Eduardo Cicconetti", de Paso de la Patria fue sentenciado en menos de un mes por dos delitos similares contra las hijas -menores de edad- de las hermanas de su actual pareja. En el anterior juicio la condena fue de 12 años, por un hecho más grave: "abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido contra una menor de 18 años".
Este viernes, luego de los últimos testimonios, llegó el turno de los alegados donde el fiscal Gustavo Alejandro Roubineau pidió que sea condenado a 3 años de prisión, basándose en los agravantes de su investidura de médico, director de un hospital, padre, y pastor evangélico, entre otros.
En tanto que la querella compuesta por Raúl Sotelo y Jonás Amir Gómez Jaime tomó en cuenta los mismos argumentos del Ministerio Fiscal, pero solicitó 4 años de prisión, como máximo establecido para este tipo de delito.
El caso de la defensa, José Guillermo Escalante requirió seis meses de prisión para su cliente que es la mínima calificación legal.
Finalmente, el juez Ortíz expuso que "el señor Martínez Borda tuvo la responsabilidad penal de los hechos que se expusieron en los debates", y luego agregó: "Analizadas las circunstancias aquí planteadas y teniendo en cuenta lo que establecen los artículos 40 y 41 del Código Penal, voy a condenar a 2 años de prisión por abuso sexual simple, en la modalidad de delito continuado".
Argumentó que no compartía ni con el Ministerio Público Fiscal, defensa ni querella. "Este tipo de delito establece un mínimo de 6 meses que pidió la defensa y un máximo de 4 que requirió la querella".
En base a los 4 años suman 42 meses y el "término medio es 21 meses es decir 1 año y 9 meses y desde allí se plantean agravantes o atenuantes. Los dos años que considero es porque tengo en cuenta su educación, nivel terciario, que es agravante", planteó.
Cabe señalar que este segundo juicio se desarrolló en tres audiencias que iniciaron el martes 18 de marzo, donde testificaron psicólogos, diversos profesionales, así como la víctima y familiares.
Conocida la sentencia, anunciaron que la lectura de fundamentos se dará el 1 de abril próximo a las 12.30 en la Oficina Judicial.
Fuente: El LitoralViernes, 21 de marzo de 2025