Judiciales
Confirman condena contra Emanuel Polo, por desobedecer una orden de alejamiento y atacar a un policía
Emanuel Polo,suma dos condenas de prisión, relacionadas a delitos de violencia de género. Ahora, el Superior Tribunal de Justicia de Corrientes, de manera unánime, confirmó la sentencia en primera instancia del Juzgado de Paso de los Libres, a la pena de dos años y seis meses de prisión, por intentar acercarse a su expareja y agredir con un palo a un funcionario policial. Por otro lado, en julio del 2024, Polo, había sido condenado a la pena de dos años de prisión en suspenso, por ser penalmente responsable de los delitos de “Lesiones leves doblemente agravadas por la relación de pareja y mediar violencia de género, en concurso real con amenazas simples”, cuya victima fuera su expareja, ella embarazada de ocho meses al momento del hecho.
Miércoles, 5 de marzo de 2025

En un fallo emitido el pasado 7 de febrero de 2025, el Superior Tribunal de Justicia de la provincia, confirmó la condena de dos (2) años y seis (6) meses de prisión, a Emanuel Polo, que ignoró la prohibición que le impedía acercarse a su ex pareja e intentó atropellar a un agente policial agrediendo físicamente al funcionario.
La decisión ratifica la condena por delitos de atentado contra la autoridad y desobediencia judicial ratificando la condena impuesta por el Juzgado de Instrucción, Correccional y de Menores N° 2 de Paso de los Libres y condenando a Polo, por “Atentado contra la Autoridad agravado por haber puesto manos en la Autoridad” y “Desobediencia Judicial reiterada”.
La sentencia detalla que el acusado, en pleno conocimiento de la orden, actuó de manera voluntaria y deliberada, poniendo en riesgo no solo a la víctima, sino también la autoridad de quienes cumplen funciones judiciales y policiales.
Enfoque de género en la decisión
En su voto, el doctor Alejandro Alberto Chain destacó la importancia de interpretar el derecho penal con perspectiva de género, incorporando criterios internacionales y nacionales para la protección de las mujeres.
El fallo enfatiza que la integración de esta visión es esencial para evitar la reproducción de estereotipos y para garantizar una tutela judicial efectiva, especialmente en casos donde la violencia de género constituye un factor agravante.
Determinación de la pena
Además de confirmar la responsabilidad penal, el Superior Tribunal de Justicia subrayó que la pena impuesta cumple la función de resocializar al condenado, en línea con los principios constitucionales y los compromisos internacionales en materia de derechos humanos. La sentencia rechaza el recurso de casación presentado por la defensa, ratificando de manera unánime el criterio del Tribunal.
Ante el recurso de casación interpuesto por la defensa, en la sentencia se concluyó que la decisión del Juzgado de Paso de los Libres impugnada se encuentra debidamente fundamentada, sustentada en un análisis lógico, objetivo y coherente de la prueba.
La fundamentación del doctor Alejandro Alberto Chain fue acompañada por los ministros; doctor Eduardo Panseri, doctor Guillermo Horacio Semhan, doctor Luis Eduardo Rey Vázquez y doctor Fernando Augusto Niz.
Por otro lado, Polo, en julio del 2024, había accedido a un juicio abreviado, en el que tuvo que reconocer su responsabilidad penal, ocasión en que se lo condenó a la pena de dos (2) años de prisión en suspenso, por ser culpable de los delitos de “Lesiones leves doblemente agravadas por la relación de pareja y mediar violencia de género, en concurso real con amenazas simples”, cuya victima fuera su expareja, ella embarazada de ocho meses al momento del hecho.
De esta manera, Emanuel Polo, suma dos condenas de prisión, relacionadas a delitos de violencia de género.
Por Ignacio VillanuevaMiércoles, 5 de marzo de 2025