Por una ley de 1987
La Justicia niega que se haya declarado la caducidad de 19 partidos locales
Luego de la alarma que encendió entre los apoderados partidarios una versión sobre la posibilidad de caducidad de sellos en Corrientes, la Justicia Electoral descartó el bloqueo político y aclaró que la verificación de los caudales de votos se debió a un proceso de rutina.
Jueves, 10 de octubre de 2019
“Solo se realizó el trámite normal de verificación de porcentaje de votos de todos los partidos en las elecciones provinciales del 2 de junio”, informaron a El Litoral desde la Secretaría del Juzgado Civil y Comercial N° 3 con competencia electoral.
“De ello (la verificación del porcentaje) se corrió vista a la fiscal electoral y se consideró que recién luego de que se termine el cronograma de las elecciones nacionales y de las 19 comunas o bien el año que viene, seguirá la tramitación”, explicaron.
El Juzgado con competencia electoral confirmó a El Litoral que “no existe ninguna resolución judicial que haya declarado la caducidad de partidos políticos” y calificaron de “versiones antojadizas o acomodadas a intereses electorales”.
La aclaración de la Justicia surge luego de trascendidos de las últimas horas que aseguraban que la Justicia Electoral había puesto la lupa sobre las partidos provinciales, cuyo caudal de votos no supera el porcentaje impuesto por una ley de 1987.
La Ley Orgánica de los Partidos Políticos, en su artículo 16 inciso d), establece: “No obtener en algunas de las (4) elecciones anteriores el 3% del respectivo padrón electoral”.
Ese inciso fue modificado por la Ley N° 4.098, que estableció en su artículo 63, inciso d) “No obtener en alguna de las (2) elecciones a anteriores el 3% del respectivo padrón electoral”.
Esto fue publicado en el Boletín Oficial el 7 de abril de 1987.
Unos 20 partidos estarían a un paso de la caducidad o la suspensión por un par de años, ya que el 3% del padrón electoral sería más de 20 mil votos (de un padrón de 700.000).
La cuestión debería ser definida por la jueza electoral María Eugenia Herrero.
El conteo de votos sería desde las elecciones de 2011, siempre provinciales, ya que a nivel nacional el conteo de sufragios es por alianzas y no por partidos.
La Justicia puso la lupa sobre los partidos: Socialista, Compromiso Correntino, Movimiento Siempre Corrientes, Federal, Demócrata Progresista, Acción por Corrientes, Unidos por Corrientes, Laborista Autónomo, Conservador Popular, ARI, Unión Popular, Autonomista, Unión Celeste y Blanco, MID, Crecer con Todos, Kolina, Es Posible, Concertación Forja y Unión Vecinal Correntina (Bella Vista). La cuestión se complicaría con las fuerzas de distrito nacional, como es el caso del Partido Autonomista.
La mayoría de las fuerzas no supera el umbral de los 20 mil votos en más de una elección.
Fuente: El LitoralJueves, 10 de octubre de 2019