Justicia
Semhan: “Nos tenemos que legitimar ante la sociedad”
El STJ está muy próximo a implementar la oralidad en los procesos no penales de primera instancia. La nueva metodología en las audiencias permitirá mayor inmediatez, transparencia, eficacia y eficiencia. Notable éxito en las jurisdicciones que ya se sumaron.
Domingo, 28 de abril de 2019
"La inteligencia es resolver los problemas con lo que tenemos. Y esta es una respuesta que damos. No podemos quedarnos con los instrumentos y conocimientos de hace 25 años. Es necesario prepararnos todos los días”, comentó Guillermo Horacio Semhan, uno de los cinco ministros del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Corrientes.
Sus palabras están relacionadas a un cambio cultural muy profundo que se avecina en la Justicia correntina: la implementación de la oralidad en la etapa probatoria de los procesos de primera instancia de los fueros civil y comercial, laboral, y contencioso administrativo.
Si bien aún resta que el STJ rubrique el programa, el acuerdo de los ministros del máximo órgano de la Justicia correntina podría firmarse en los próximos días. La idea, según lo señalado por Semhan, es que el nuevo sistema comience a regir desde el próximo 1 de junio y que sean implementados por los 31 magistrados correntinos de estos fueros.
“El STJ tiene la facultad por acordada de interpretar el código procesal. Haremos una reinterpretación en la que diremos que, a partir de ahora, estas son las reglas una vez que se traba la Litis”, aseveró Semhan.
De acuerdo a lo expuesto, los objetivos de la implementación de la oralidad civil son tres: la reducción de los plazos totales del proceso de conocimiento civil, a través del control efectivo de la duración del período de prueba implementando la videograbación de audiencias; el aumento de la calidad de las decisiones jurisdiccionales a través de la inmediación del juez y concentración de la prueba en audiencias orales; y el incremento de la satisfacción del ciudadano con el servicio de Justicia civil.
“Como no tenemos códigos procesales orales, debemos aplicar el ingenio para mantener la oralidad con el mismo código procesal civil, laboral y contencioso administrativo. Es decir, sin salir del sistema escrito, transformar estos procesos judiciales en audiencias orales”, analizó Semhan.
En un momento de la charla, el Ministro del STJ dio un dato clave: “La idea es acortar a menos de un año el proceso de conocimiento. Hoy, por ser escrito, dura entre 5 y 8 años”.
“Los procesos que se dilatan causan daños no sólo a las partes sino también a la economía de la provincia, hay un gran impacto negativo en el presupuesto. No es lo mismo hablar de causas judiciales que no terminan nunca que de otras que se inician, concluyen y se archivan. ¿Por qué no terminan? A veces por responsabilidad del sistema, porque las normas no aportan para mejorar la calidad del servicio”, observó.
En ese sentido, Semhan resumió cuál será el procedimiento una vez implementado este sistema mixto, que incorporaría la oralidad a un proceso que tendrá, inevitablemente, partes escritas.
“Se inicia la demanda por escrito y se contesta de igual manera. Allí se traba la Litis. Entonces, el juez actuará como director del proceso y recupera la función esencial de su calidad. En esa instancia dirá a las partes cuáles son las reglas, la admisibilidad de las pruebas ofrecidas y que tiempo tienen para presentarlas”, señaló.
El Ministro luego agregó: “En este punto, el juez determinará qué es lo que el actor y el demandado deben probar y acordará con las partes y sus abogados cuál es el plazo que poseen para presentarlas, bajo apercibimiento de caducidad. Una vez que se clausura el término de prueba, se hacen los alegatos en forma oral y se dicta la sentencia en un plazo según el proceso (sumario, sumarísimo u ordinario de conocimiento)”.
Semhan graficó con un hecho habitual: “Por ejemplo, en un juicio por desalojo. En primer lugar, estará la demanda y la contestación. El juez fijará las reglas del proceso y la presentación de los elementos a analizar: la evaluación del contrato, la certificación de firma, o si se tratara de un contrato verbal, las pruebas periciales o testimoniales. El juez acordará el tiempo necesario para la presentación de las pruebas: pueden ser 60 o 90 días o cuatro meses. Si llegan a un acuerdo, se fija el día y la hora de la audiencia de producción de las pruebas. En esa instancia, cada parte las defenderá, vendrán luego los alegatos y culminará con la sentencia”.
La realización de audiencias orales que serán grabadas en video, tal como sucede con los casos de Flagrancia- está fundada a derecho, y se enfoca en la gestión de los procesos de forma más eficiente.
“En el futuro, cuando tengamos códigos procesales modernos y ágiles, pasaremos del expediente escrito, del soporte papel, al electrónico. Pero ahora, buscamos métodos alternativos de resolución con los mismos códigos. Es decir, con las normas actuales debemos evaluar cómo dar respuestas a las partes y legitimar la función del abogado y la nuestra, la de los jueces”, apuntó luego el Ministro.
El objetivo no es sólo mejorar la administración de Justicia desde la reinterpretación del procedimiento en esta instancia. “En la vida, uno no vive como desea sino lo mejor que puede con lo que tiene. Debemos prestar el mejor servicio de Justicia no sólo con las leyes con las que contamos, también con las estructuras edilicias, la tecnología y los recursos humanos que tenemos”, acotó.
“Hay 31 jueces en primera instancia civil, comercial, contencioso y laboral que apoyan este sistema y que nos darán las respuestas. ¿Por qué? Porque tenemos que legitimarnos ante la sociedad. Las críticas a veces son justas, otras no, en muchas oportunidades no comunicamos bien, y esta es una manera de relacionarnos mejor con las partes, los abogados y la sociedad en su conjunto”, concluyó.
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Rápidos juicios
En caso de que finalmente el Superior Tribunal de Justicia (STJ) rubrique el correspondiente acuerdo, Corrientes se incorporará a la generalización de la oralidad civil en Argentina. Se sumará, así, a las 14 jurisdicciones que en la actualidad aplican oralidad efectiva en los fueros no penales. Estas han resuelto, entre agosto de 2016 y diciembre de 2018, más de 8.000 procesos de conocimiento mediante juicios orales.
El nuevo paradigma para este Poder del Estado es una fuerte apuesta del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, que lo lleva adelante a través del Programa Justicia 2020.
Según datos de esta cartera del Gobierno Nacional, el 48% de los juicios en los que se implementó la oralidad finalizaron por acuerdo de partes, y el 70% de los procesos concluidos se resolvieron en menos de dos años desde su inicio.
Fuente Gustavo Gamboa, Diario Època
Domingo, 28 de abril de 2019