Fallo de la Justicia
Una adolescente se quitó el apellido de su padre porque no tiene vínculos con él
Una adolescente de 13 años de edad se quitó el apellido del padre y se quedó con el de su madre, al lograr un fallo de la Justicia correntina en la ciudad de Monte Caseros, informaron fuentes judiciales.
Sábado, 28 de abril de 2018
Es el caso de Leila Micaela, nacida en el año 2003, quien acudió con su madre a la juzgado Civil y Comercial, con competencia en Familia y Menores, de Monte caseros. Solicitó por voluntad propia que la Justicia le permita reemplazar el apellido que tenía de su padre por el de su mamá.
Según informaron fuentes del caso, luego de la separación con su madre, el padre no tuvo vínculo familiar alguno con la menor.
La sentencia dictada por la jueza Elsa Laura López, quien dictaminó en la sentencia: “Se ordene la modificación en el apellido que lleva la adolecente, procediéndose a cambiarlo por el apellido materno y ordeno se remitan los despachos pertinentes al Registro civil y Capacidad de las Personas de la Provincia de Corrientes, para la publicidad del cambio decidido”.
El abogado que asesoró a la menor y su madre es Rubén Cástulo Rajoy, quién expuso en el expediente que “desde los doce años la niña se viene trazando la idea y el firme deseo de no identificarse con el apellido paterno y portar el apellido materno y si fuera posible que ambos hermanos lleven el mismo apellido, descartando el de un padre inexistente y desconocido afectivamente que no representa nada para ella”.
Esta historia judicial, según explicó el abogado, entiende que “el interés de la menor es identificarse con el apellido de su madre y de sus abuelos maternos, quienes fueron y son su familia durante toda su vida”.
El caso evidencia el desapego emocional que siente respecto de su raíz paterna que la llevaron a tomar esta decisión que “perturbó y afectó su personalidad, todo ello debido a la apatía del progenitor, resultando razón suficiente para que sea suprimido el apellido paterno, sumado a todos los fundamentos esgrimidos en la presente. Sin hesitación alguna se advierte que la menor se siente más identificada con el linaje materno, derivado del desamparo paterno lo que provoca una constante incomodidad, contrariedad y hasta cierto fastidio lo que repercute grave y nocivamente en el equilibrio psíquico y emocional de la adolecente de continuar portando el apellido de su progenitor”.
El abogado Rajoy destacó la intervención del ministerio Pupilar, a cargo de Graciela Sequeira de Gabardi y de la Licenciada Marisa Romero, (Psicóloga Forense de Monte Caseros), quienes vigilaron todo el proceso judicial. “Eso nos permitió conjugar los justos motivos que afectan su personalidad en consonancia con el interés superior de la adolecente, que por su edad, se comprobará su grado de desarrollo intelectual, su invariable deseo y su coherente personalidad para arribar a la decisión de portar el apellido materno”.
El letrado fundó su petición en las nuevas disposiciones del renovado Código civil argentino, la Ley N° 26.061 de protección de los niños, niñas y adolecente, Ley N° 23.849; Convención sobre los Derechos del Niño y el Pacto de San José de Costa Rica.
Fuente: Corrientes HoySábado, 28 de abril de 2018