Judiciales
La Cámara Federal de Casación Penal dictó sentencia en la causa seguida contra funcionarios de la aduana de Paso de los Libres y empresarios
La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los doctores Mariano Hernán Borinsky, Daniel A. Petrone y Juan Carlos Gemignani, confirmó las condenas de los funcionarios aduaneros de la sede de Paso de los Libres, Provincia de Corrientes, por ser considerados responsables de los delitos de cohecho y contrabando agravado por su condición de tales, respecto de José Ángel Longhi, Horacio José Velozo, Carolina Andrea Vesga Gómez, María Claudia Gatti, Lucía Pompeya Fernández y Carlos Martín Dubra. De esta manera se convalidaron las penas impuestas por el Tribunal Oral en los Criminal Federal de Corrientes respecto de algunos funcionarios que oscilan entre los 5 años y 6 meses de prisión y 4 años.
Jueves, 23 de mayo de 2024
Asimismo, por mayoría, anularon la absolución del funcionario Jorge Luis Niveyro y de la denominada “pasera” Raquelina Liliana Núñez, quien traspasaba mercadería a través de la frontera y, a fin de sortear los controles, efectuaba una contraprestación dineraria.
También se convalidaron las condenas dictadas por el delito de lavado de activos vinculadas con operaciones de cambio de divisas respecto de Pablo Martín Marsilli, Héctor Rodrigo Marsilli, Fernando Daniel Marticorena y Héctor Sebastián Gavarone, por considerarlos coautores por el delito de lavado de activos agravado por habitualidad y respecto de los tres primeros de los nombrados, como miembros de una asociación o banda con intervención o en beneficio de una persona ideal y en relación a David Osmar Loza y Leonel Elías Zappa, como partícipes secundarios.
En relación a ello, el sentenciante había impuesto penas que van entre los 5 y los 3 años de prisión. Además se anuló, por unanimidad, la condena dictada respecto del partícipe secundario, Eduardo Matías Bravo y se reenvió a los fines de su debida fundamentación.
Por otra parte, el máximo tribunal penal federal del país, hizo lugar
a los recursos de casación interpuestos por el Ministerio Público Fiscal y por Unidad de Información Financiera -en su calidad de querellante- y por mayoría, se anularon las absoluciones de Ricardo Aguirre, María Clelia Ramona Espada y Ricardo Gustavo Aguirre, por el delito de lavado de activos por arbitraria valoración de los elementos probatorios y por errónea interpretación de la ley 27.260.
Finalmente, en cuanto a los delitos de tenencia de arma de fuego se convalidó, por mayoría, la condena dictada respecto de Pablo Martín Marsilli y se suspendieron los recursos a fin de que se analice la vigencia de las acciones de los hechos adjudicados a Carlos Martín Dubra y Eduardo Matías Bravo.Jueves, 23 de mayo de 2024