Judiciales
"La acusación contra Díaz Burgos, fue un relato incoherente e insostenible", lo sostuvo su defensa
Fue durante sus alegatos. Uno de los defensores de Federico Díaz Burgos, el Dr. Juan Carlos Vischi, expresó que “el relato de Berenice Brondani (la victima), fue cambiando y aumentando cosas” y añadió que “se agregaron elementos (pruebas) por la ventana”. Por su parte, el otro defensor, el Dr. Jorge Barboza, aseveró que “no existió un contexto de violencia de género, ya que no se probaron los hechos”. Federico Díaz Burgos fue condenado el pasado martes a la pena de ocho años de reclusión por el Tribunal de Juicio. Hoy se conocerán los fundamentos del fallo.
Martes, 27 de febrero de 2024
El pasado martes se conoció la pena a ocho años de reclusión que le aplicó el Tribunal de Juicio a Federico Díaz Burgos por encontrarlo penalmente responsable de los delitos de “Privación Ilegítima de la Libertad, en concurso ideal con lesiones leves agravadas por el vínculo y por violencia de género, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal, más accesorias legales y costas del juicio”, cuya victima fuera su expareja, Berenice Brondani, en un hecho ocurrido en febrero del 2022.
Luego de alegar la querella, fue el turno de los defensores de Díaz Burgos.
El primero de ellos fue el Dr. Juan Carlos Vischi. El defensor definió a la denuncia de la víctima, como un "relato", y expresó “el relato es nada nada más que eso, un relato”.
Cuestionó el papel de la UFRAC (Unidad Fiscal de recepción y análisis de casos), en el momento que realizó la denuncia en contra de su defendido “la UFRAC evidenció empatía emocional, cuando le tomaron la denuncia, eso no corresponde, no ayudarla en el relato. En el video no se aprecia la herida, cuando le toman la denuncia, fue cambiando, y aumentando cosas”, añadió “el problema de la mentira, no es un problema de género, sino de la condición humana, en este caso no hay elementos de pruebas. Ligeramente acusan al señor Díaz Burgos de un abuso sexual. El relato puede redireccionarse, la historia también, esta causa está empañada por la subjetividad” y se preguntó “si se va seguir con el relato”.
Vischi enfatizó que “se agregaron elementos (pruebas) por la ventana. Acá existió un conflicto no violento, que determinó la salida de Berenice de la casa”.
Aseveró que es “es incoherente e insostenible el relato de que el señor Díaz Burgos ejercía un control sobre Berenice. No existe la comprobación categórica que hace la acusación. Federico Díaz Burgos no estuvo en la habitación como dijo Berenice, no existe ningún elemento que lo comprueba, ni está acreditado”.
Sobre las pericias psicológicas practicadas a la víctima, el defensor argumentó “solamente se tomó una entrevista, una entrevista inicial, nada más. Las pericias psicológicas, no hacen referencia al abuso sexual, existió superficialidad con la que se trató esta cuestión, no hubo interés, no hubo voluntad, de investigar y colaborar en la investigación, existió un relaje en la acusación”.
Por su parte el otro abogado defensor, Jorge Barboza, señaló en su alegato que es “poco probable, que Díaz Burgos, haya manejado el vehículo a alta velocidad, como lo dijo Berenice Brondani, porque hubo lluvia esa noche y el terreno no es el adecuado, ya que hubiera volcado”.
Barboza negó que Berenice haya vivido una situación de violencia cotidiana, “no existe contexto de violencia de género, solo por un hecho, tampoco se probaron hechos de violencia a través del tiempo, es decir esta contextualización de la violencia no existió”, subrayó.
Al respecto del audio escuchado en una de las audiencias (donde Díaz Burgos le profiere amenazas e insultos a su expareja), el letrado pidió que se desechen como prueba y lo calificó de “dudosa procedencia”, en esa línea fundamentó que “es violatoria de la intimidad de Díaz Burgos y sin su consentimiento”.
La querella fue ejercida por el Dr. Sebastián Pardo, el Fiscal de Juicio, el Dr. Facundo Sotelo.
El Tribunal de Juicio fue presidido, por el Juez Marcelo Fleitas, acompañado por los magistrados Gustavo Ifran, y Marcelo Pardo, y asistidos por el Dr. Josè Monti.
Hoy se conocerán los fundamentos del fallo.
Por Ignacio Villanuev
Martes, 27 de febrero de 2024