Miércoles, 27 de Noviembre de 2024
27/11/2024 19:47:04
Judiciales
Cuáles fueron los argumentos del Juez Fleitas para condenar a Leonel Chamorro

El Tribunal Unipersonal, lo había condenado el mes pasado a la pena de un año y seis meses de prisión en suspenso, por encontrarlo penalmente responsable del delito de “Daño Simple” y “Amenazas Simples”, en un contexto de violencia de género. El magistrado le adjudica credibilidad a los dichos de la víctima, que denunció las amenazas, pero le otorgó el “beneficio de la duda” al imputado por la acusación “del uso del arma de fuego”. Por otra parte, el juez valoró las pericias psicológicas practicadas a la víctima, en las que se manifiesta que “no hay elementos fabulativos de mentir, existe coherencia discursiva y afectiva”. La defensa apelará la condena.

Compartir en Facebook    Compartir este artículo en Twitter    Compartir este artículo en Telegram    Compartir este artículo en WhatsApp    Compartir este artículo en Linkedin    Imprimir esta nota
Miércoles, 13 de septiembre de 2023

Se conocieron los fundamentos del fallo condenatorio contra Leonel Chamorro, hallado penalmente responsable de los delitos de “Daño Simple” y “Amenazas Simples”, en un contexto de violencia de género, cuya victima fuera Yamila Lovisa.

El Tribunal Unipersonal, constituido por el Dr. Marcelo Fleitas y asistido por el Dr. José Monti, lo condenó a la pena de un año y seis meses de prisión en suspenso.

En sus argumentos, el magistrado señaló “la declaración de la víctima es esencial por ser presencial, una vez que se le adjudica credibilidad, no dice expresamente sobre el hecho puntual que la haya amenazado con el arma y luego guardado en la almohada como viniera la acusación pública, si se hace hincapié que también en otras ocasiones le amedrentó con el arma, pero no específicamente esa noche en las circunstancias que viniera en la acusación y por aplicación del principio del beneficio de la duda a favor del imputado, entiendo que fue clara con las expresiones amenazantes, pero no en el uso del arma de fuego en esa ocasión puntual”.

También tuvo en cuenta, los informes psicológicos, que indican, por un lado que se observa en la victima Yamila Lovisa, “indicadores de tristeza, provocando episodios de mucha ansiedad y angustia, se muestra muy preocupada también por las situaciones que ha vivenciado su hija”, todo según su relato, por los hechos conflictivos que atravezó con su expareja”, a lo que se sumó un nuevo informe pericial, que da cuenta, tal como se manifestó en sala de debate, por otra profesional de la salud mental, que en el testimonio de la víctima “no hay elementos fabulativos, de mentir, existe coherencia discursiva y afectiva”.

Por otra parte, hace alusión a los señalado por la defensa durante el juicio, sostiene “que para analizar los dichos de la defensa me centraré en primer lugar en decir que el eje de su defensa se basó en la conducta de la víctima, invirtiendo en relación, que si bien con las pruebas analizadas más allá de los conflictos que se advierten, no comparto sus dichos, que de última de ser cierto, reitero, no entiendo que sea así, , tampoco afecta la reconstrucción histórica del hecho, que con claridad y contundencia, fue reconstruida con las pruebas de cargo”, y añade “los argumentos de la defensa entiendo que son referencia a una actitud defensiva, pero en nada significa que el hecho no sucedió, ante las pruebas que las he desarrollado y precedentemente de acuerdo a la sana crítica racional, me dan plena certeza del hecho y la autoría del imputado”.

En cuanto a los atenuantes que tuvo en cuenta, la falta de antecedentes penales, resalta la edad del mismo, que “es una persona joven con trabajo y después del hecho no tuvo más acontecimientos negativos que se deban valorar”, como así también el juez ponderó el informe psicológico a Leonel Chamorro “se observó una persona respetuosa de la autoridad y actuando con formalidad, comunicándose de manera realista, con un pensamiento ordenado y coherente, ha demostrado poseer recursos de control sobre sus afectos y conducta, siendo moderado y sin manifestar un actuar agresivo en ningún momento”.

Por último, tuvo como agravantes, “el daño causado en el celular y especialmente el daño psicológico a la víctima, es decir la conducta desplegada por el imputado, especialmente al momento de la agresión. En esto coincido con el Ministerio Público Fiscal para destacar la salud psico-física de la víctima”, remarcó.

Pudo saberse que la defensa de Chamorro, apelará la condena.

Por Ignacio Villanueva








Miércoles, 13 de septiembre de 2023

Director: Ignacio Villanueva - San Martin 992
ignaciov_1969@hotmail.com - 3772 634929
Copyright ©2010 | Confirmado.com.ar
Todos los derechos reservados

DESARROLADO POR:
www.chamigonet.com.ar