Jueves, 28 de Noviembre de 2024
28/11/2024 01:49:38
Judiciales
Las defensas de los involucrados en el robo de Paraje Remanso, apelaron las sentencias

En mayo pasado, el Tribunal de Juicio de forma unánime condenó a Arturo Ramos y Ramón Aguirre a la pena de siete años y seis meses de prisión por el delito de “Robo agravado con armas atenuado por la imposibilidad de acreditarse”. En sus fundamentos de la condena, el Tribunal sostuvo “que los acusados actuaron con mendacidad en sus dichos, al defenderse con argumentos totalmente distintos a los probados”. Las defensas tanto de Ramos como de Aguirre, en sus apelaciones, criticaron el fallo del Tribunal y solicitaron a Casación, la absolución de sus defendidos, o bien la reducción de las penas.

Compartir en Facebook    Compartir este artículo en Twitter    Compartir este artículo en Telegram    Compartir este artículo en WhatsApp    Compartir este artículo en Linkedin    Imprimir esta nota
Miércoles, 14 de junio de 2023

El mes pasado, el Tribunal de Juicio de Paso de los Libres, de manera unánime encontró penalmente responsables del delito de “Robo agravado por el uso de arma atenuado por no poder acreditarse la aptitud para el disparo”, a Arturo Ramos y Ramón Aguirre, y los condenó a la pena de siete años y seis meses de prisión, en el hecho ocurrido en enero del 2022, en el que una banda irrumpió violentamente en la chacra de Amado Godoy (76) en Paraje Remanso, de la localidad de Yapeyú, apoderándose de la suma de sesenta mil pesos ($60.000).

Semanas atrás, el Tribunal, presidido por el Dr. Marcelo Fleitas, acompañado por los vocales, Dr. Marcelo Pardo y Dr. Gustavo Ifran, asistidos por el Dr. José Monti, dio conocer los fundamentos del fallo, que posteriormente fue apelado por las defensas de los condenados en primera instancia.

El Tribunal concluyó que “la prueba colectada es idónea para para adquirir el grado necesario de certeza estableciendo la existencia y coautoría de los enjuiciados en el hecho”.

Sobre Aguirre, los magistrados argumentan que “según la documental analizada al comienzo, el imputado manifiesta una justificación de ir a trabajar a lo de un funcionario policial en la localidad de La Cruz, cosa que ante la investigación se descartó totalmente esa causal de mala justificación, siendo un indicio de mendacidad”, prosigue diciendo “respecto al imputado Ramos en el hecho se tiene acreditado con la denuncia y preventivo donde se describe la intervención del mismo, corroborado por las imágenes fílmicas del procedimiento policial, que se observaron, donde es coincidente el estado general de ambos imputados (junto a Piñeiro) aprehendidos en Ruta Nº 155 (que une Paso de los Libres con Tapebicuà”.

En relación a lo manifestado por Ramos, quien manifiesta que no tuvo nada que ver con el hecho, el Tribunal advierte, “que esta declaración no pudo ser corroborada por ninguna prueba, incluso cede ante los indicios indudables que lo ubican como uno de los coautores, esto es el estado de deterioro físico al caminar muchas horas por el campo, huyendo del lugar de los sucesos, como así también encontrarse junto al otro co-imputado Piñeiro, en la misma situación que él”.

En síntesis, el Tribunal subraya “que se aplica a ambos co-imputados un INDICIO DE MALA JUSTIFICACIÒN Y MENDACIDAD, al argumentar hechos totalmente distintos a los que se reconstruyó con las pruebas de cargo”.

Por otra parte, la defensa de Aguirre, ejercida por el Dr. Gustavo García, en su apelación ante Casación, consideró “que el análisis probatorio que hizo el Tribunal de Juicio, es deficiente e incongruente con el hecho investigado”.

En tanto que la Dra. Alejandra Tejeda impugnó las testimoniales, sobre todo la de Martín Piñeiro, involucrado en la misma causa, pero condenado con anterioridad a través de un juicio abreviado. Sobre este punto la letrada señaló que "no se puede valorar como prueba el testimonio de Piñeiro, ya que no pueden ser testigos estrictos quienes participaron del hecho, ya que resulta violatorio de los establecido por el Código Procesal Penal”.

La defensa técnica de Ramos, criticó el procedimiento tanto de la policía en la parte investigativa del caso, como así también del Ministerio Público Fiscal, a los que calificó de “falta de profesionalismo”.

Ambas defensas solicitaron en los fundamentos ante Casación, la absolución de sus defendidos, o en todo caso acorde al criterio del Tribunal, la reducción de la pena.

Por Ignacio Villanueva












Miércoles, 14 de junio de 2023

Director: Ignacio Villanueva - San Martin 992
ignaciov_1969@hotmail.com - 3772 634929
Copyright ©2010 | Confirmado.com.ar
Todos los derechos reservados

DESARROLADO POR:
www.chamigonet.com.ar