Judiciales
La historia del abuelo abusador: Parte 1. Los hechos.
El Tribunal de Juicio de Paso de los Libres condenó a un hombre de 75 años edad, a la pena de veinticinco (25) años de prisión, por abusar sexualmente de cinco de sus nietas, de 8, 10,12, 8 y 10 años de edad. Por estos hechos fue imputado de los delitos de “Abuso sexual calificado por el sometimiento gravemente ultrajante por las circunstancias de realización y su prolongación en el tiempo, por la calidad del sujeto activo-abuelo- y por ser cometido contra una menor de 18 años, aprovechándose de la convivencia preexistente, varias veces reiterado en la modalidad de delito continuado”. Actualmente cumple prisión domiciliaria por su edad. Por otra parte, uno de los hijos del agresor sexual, (tío de las victimas) también fue condenado por abuso sexual en el mes de febrero último.
Jueves, 4 de mayo de 2023
El Tribunal de Juicio de Paso de los Libres, condenó a finales del mes de abril, a un hombre de 75 años edad, R.M.T, a la pena de veinticinco años de prisión por abusar sexualmente y de manera reiterada, de cinco de sus nietas, de 8, 10,12, 8 y 10 años de edad.
Los delitos que se le imputaron y comprobaron son “Abuso sexual calificado por el sometimiento gravemente ultrajante por las circunstancias de realización y su prolongación en el tiempo, por la calidad del sujeto activo-abuelo- y por ser cometido contra una menor de 18 años, aprovechándose de la convivencia preexistente, varias veces reiterado en la modalidad de delito continuado”.
Actualmente el condenado, cumple el régimen de prisión domiciliaria, debido a su edad.
Uno de los hijos del agresor sexual, a la vez tío de las víctimas (38) R.F.T, fue condenado en el mes de febrero último, a la pena de trece años, por los delitos de “Abuso sexual gravemente ultrajante de una menor de trece años y por resultar un grave daño en la salud mental de la misma (tres hechos) y tentativa de abuso sexual con acceso carnal de una menor de dieciocho años, agravado por resultar un grave daño en la salud mental de la misma”. La víctima en este caso, una de sus sobrinas, victima a la vez de su propio abuelo. La sentencia se está cumpliendo en la actualidad.
El Tribunal de Juicio, lo presidió el Dr. Marcelo Fleitas, acompañado por los vocales, Dres. Marcelo Pardo y Gustavo Ifran, y asistidos por el Dr. José Monti.
La Fiscal que tramitó y llevó la causa a juicio fue la Dra. Noelia Lena.
Los hechos
Primer hecho: Ocurrió en una vivienda del barrio del INVICO, en una fecha comprendida con posterioridad al día 8 de febrero del 2010, extendiéndose hasta el mes de agosto u octubre del mismo año, entre los horarios de las 19 hs. y las 00 hs., cuando C.L. (victima) tenía 8 años de edad y cursaba el cuarto grado de la escuela primaria, su abuelo R.M.T abusó sexualmente de la misma, valiéndose de la convivencia preexistente, de manera constante y reiterada. Para concretar los sometimientos sexuales, el ahora condenado aprovechó que su pareja R.O. concurriera a la iglesia evangélica desde las 19 hs. hasta las 00 hs, para quedar solo con su nieta, con quien convivía y en la habitación de la vivienda, la acostó en la cama, abusando de ella. Asimismo, en el garaje, situado en el fondo de la vivienda, el acusado se sentó en una silla y obligó a C.L que se coloque arriba de él, continuando con la agresión sexual hacia la niña. En otra oportunidad, la obligó a sentarse en el regazo cuando manejaba el auto y cuando pasaban por una calle oscura, R.M.T. tocó en las zonas íntimas a la víctima, a pesar de que los ojos de la niña se ponían llorosos, producto de los ataques abusivos del abuelo. Los ataques sexuales culminaron cuando C.L se fue de la casa a vivir con otros familiares.
Segundo hecho: Ocurrió en una vivienda del INVICO, en una fecha comprendida desde el 23 de enero del 2019 hasta mediados de febrero de ese mismo año, aproximadamente en horario indeterminado, el condenado abusó sexualmente mediante el sometimiento gravemente ultrajante a su nieta R.L de 10 años de edad, aprovechándose de la convivencia preexistente con la menor y al estar a cargo de su cuidado, expresándole en todas las oportunidades a la menor que “si ella no se quitaba la ropa, le iba hacer lo mismo que a su hermana”, es decir “que la iba matar”, ello para obligar a la víctima a que efectué una conducta contraria a su voluntad, lo que afectó su libertad de determinación temiendo por su integridad física la víctima, creyendo que el acusado cumpliría con sus amenazas al tener conocimiento R.L. que tenía un arma de fuego, para luego afectar su integridad sexual encerrándola en una habitación de aquella vivienda y obligarla a que se quite la ropa para luego abusar de ella.
Tercer hecho: Ocurrió en una fecha que no se puede precisar, extendiéndose hasta la fecha 19 de febrero del 2020, en una vivienda del barrio del INVICO, cuando la víctima M.L. concurría al lugar, en tales circunstancias R.M.T abusó sexualmente de su nieta menor de 12 años. Para concretar el abuso sexual, R.M.T. aprovechó las veces que quedó solo en su vivienda con su nieta, y agredirla. Al mismo tiempo, el depravado, le ofreció la suma de $ 200 (doscientos pesos) para que haga trato sexual con él, que consistió puntualmente en que “abra sus piernas”.
Cuarto hecho: Ocurrió en la habitación de una vivienda en los barrios del INVICO, habitada por R.M.T, en una fecha comprendida del 23 de enero del 2019, aproximadamente en horario indeterminado, el acusado abusó sexualmente mediante el sometimiento gravemente ultrajante, humillante y su prolongación en el tiempo y de manera reiterada a su nieta A.L de 8 años de edad, encerrándola en una habitación, abusó sexualmente de su nieta bajo amenazas, pese a la resistencia de la víctima y aprovechándose de la convivencia preexistente y al estar a cargo de su cuidado, lo que afectó su integridad sexual y además le generó miedo a la infante.
Quinto hecho: Ocurrido en una fecha que no se puede precisar, extendiéndose hasta el 19 de febrero del año 2020, siempre en la misma vivienda del abusador. En esas circunstancias R.M.T, abusó de su nieta N.L., menor de 10 años de edad, con la siguiente modalidad; cuando entraba a la habitación de la vivienda donde se hallaba la menor, el acusado le decía que abra sus piernas, y ante la negativa de la víctima, R.M.T procedía a tocarla con sus manos, arriba de sus ropas, le olía el cuello y la panza para concretar así el abuso sexual.
Por Ignacio Villanueva
Mañana segunda parte.
Jueves, 4 de mayo de 2023